Publicado
en el BOE el Real Decreto 233/2013 de 5 de abril, por el que se regula el Plan
Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación
edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.
La norma establece que a
partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a
disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de
parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a
cuatro meses, un certificado de eficiencia energética.
Este certificado, además de
la calificación energética del edificio, deberá incluir
información objetiva sobre las características energéticas de los
edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de
recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de
la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de
forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de
los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de
alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
Este Certificado de Eficiencia
Energética además de ser obligatorio en ventas o alquileres de
viviendas, locales, etc. Ayudará a conocer, por parte del comprador,
el consumo energético de la vivienda y por lo tanto del coste del
mismo. También ayudará a ventas de viviendas a extranjeros(sobre
todo a los pertenecientes a la CEE), ya que en la mayoría de los
paises europeos este Certificado de Eficiencia Energética lleva años
implantado y por tanto da más seguridad al comprador extranjero el
saber lo que compra y el coste energético que conlleva.
emoreno@caatvalencia.es
610 624 593
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