¿Qué
es la Inspección Técnica de Edificaciones (ITE)? La
mayoría de las personas desconocen este término ni a que se
refiere. Pues bien ITE es una Inspección obligatoria y periódica
que deben pasar los edificios de más de 50 años, con el fin de
garantizar su seguridad y correcto mantenimiento. Es de algún modo
la ITV del edificio. A partir de esa antigüedad y cada cinco años
mínimo es necesaria una inspección, a cargo de facultativo
competente, para supervisar el estado de conservación del edificio.
Muchos
os preguntareis si se ha establecido está inspección como un
elemento recaudatorio. Yo pienso que no y que aunque no suene muy
popular se debería de realizar antes, ya que con ello se podrían
detectar anomalias que con el tiempo pueden llegar a ser problemas
muy graves. La cultura del mantenimiento de los edificios es algo no
muy implantado en nuestra sociedad y debemos de hacer un esfuerzo
para que esto no continue asi.
Hay
que recordar que su cumplimiento es obligatorio, ya que el hecho de
no realizarlas conllevan sanciones importantes (incluso 6.000€) y
la adopción por parte del Ayuntamiento de una inspección forzosa de
la ITE, con cargo de los costes al propietario de la vivienda o
comunidad de propietarios
La
inspeccion se realiza contratando en primer lugar a un profesional
cualificado, en ejercicio, y colegiado. La revisión del edificio
significa analizar el estado de cubiertas y aleros, fachadas,
paredes, forjados, instalaciones, etc mediante una inspección ocular
con la cual se expedirá el correspondiente certificado que describa
los desperfectos apreciados en el inmueble, sus posibles causas y las
medidas prioritarias recomendables para asegurar su estabilidad,
seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales o para
mantener o rehabilitar sus dependencias en condiciones de
habitabilidad o uso efectivo según el destino propio de ellas.
Si
el resultado es favorable se emite el certificado señalando que es
un edificio o construcción segura. En caso que se detecten
deficiencias o daños que impliquen un resultado desfavorable de la
inspección, el propietario deberá llevar a cabo las reparaciones
oportunas, solicitando previamente la licencia municipal de obras.
Una vez finalizadas las obras, el técnico responsable de la
inspección hará una nueva visita, y si los daños se han reparado
satisfactoriamente, emitirá el dictamen favorable.
Las
ventajas de realizar estas ITE, son como ya se han indicado
anteriormente el alargar la vida útil del edificio en unas
condiciones de seguridad optimas evitando la posibilidad de daños
materiales y o físicos.
Si
necesitan más información sobre este tema no dudeis en contactar
conmigo o relizar el consiguiente comentario
En el siguiente enlace aparecen las ayudas previstas en breves fechas que ofrecerán los ayuntamientos para que se cumpla la exigencia por ley de la I.T.E ( Inspección Técnica de Edificios)
ResponderEliminarhttp://www.elmundo.es/elmundo/2011/05/03/suvivienda/1304441504.html